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viernes, 25 de abril de 2014cermi.es semanal Nº 120

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Actualidad

El CERMI plantea al Congreso mejorar la situación de los guardias civiles que adquieren una discapacidad en el desempeño de sus funciones

22/04/2014

El CERMI ha planteado al Congreso de los Diputados la necesidad de mejorar la situación de los guardias civiles que adquieren una discapacidad en el desempeño de sus funciones. Así se recoge en el documento de propuestas de enmienda del sector social de la discapacidad articulado en torno al CERMI presentado a los Grupos Parlamentarios del Congreso en torno al Proyecto de Ley de Régimen del Personal de la Guardia Civil.

El CERMI considera que una discapacidad sobrevenida como consecuencia del servicio, que motiva una exclusión y el pase a retiro definitivo, “debe considerarse suficiente motivo para iniciar por parte de la Institución un expediente para la concesión del empleo superior con carácter honorífico que reconozca el sacrificio personal de estas personas”.
 
Asimismo, asegura que con carácter general, para poder participar en los procesos selectivos e ingresar en los centros docentes de formación es necesario reunir una serie de requisitos, entre otros, poseer la aptitud psicofísica que se determine reglamentariamente. Por ello, subraya que ha de garantizarse, desde la propia Ley, a efectos de un correcto desarrollo reglamentario, “que la aplicación de esta norma no suponga una discriminación en el acceso a la formación y al empleo de las personas con algún tipo de discapacidad”.
 
Así, solicita eliminar cualquier criterio de exclusión en el acceso a la formación y el empleo “que no fuera objetivamente proporcional con las funciones a desempeñar, por tratarse de requisitos profesionales de carácter esencial y determinante” y considera necesario “buscar un equilibrio entre dicho objetivo legítimo y la no aplicación de trato discriminatorio a las personas con discapacidad, que es el objetivo y finalidad de toda la normativa ya señalada”.
 
Por ello, pide que los requisitos y condiciones tengan en cuenta el principio de igualdad de trato y no discriminación hacia los aspirantes con discapacidad. Estos, siempre que reúnan las condiciones de aptitud psicofísica necesaria, “deben poder ingresar en el centro y acceder a la escala, con las adaptaciones que fueran precisas”.
 
También considera necesario tener en cuenta, en la evaluación de condiciones psicofísicas a lo largo de la carrera profesional, las adaptaciones de los puestos (ajustes razonables). Así, solicita incorporar a la normativa que los reconocimientos y pruebas se puedan realizar en cualquier momento a iniciativa fundamentada del interesado o del jefe de su unidad, centro u organismo y figurarán todos aquellos que se realicen para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas, teniendo en cuenta las adaptaciones precisas en caso de discapacidad.
 
El CERMI también solicita que se garantice que en la carrera profesional no exista ningún tipo de discriminación directa o indirecta, que pueda postergar la progresión de ascensos de aquellos guardias civiles que puedan tener algún tipo de discapacidad. Por ello, una de sus demandas es que los ascensos de los guardias civiles se produzcan al empleo inmediato superior, siempre que se reúnan las condiciones establecidas en esta Ley, de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad y con respeto a las normas sobre igualdad y no discriminación en favor de las personas con discapacidad.
 
El CERMI demanda que “los destinos de aquellos que se incorporen a una escala, así como los que se asignen a guardias civiles víctimas de violencia de género, tengan el reconocimiento de víctima del terrorismo o tengan una insuficiencia de condiciones psicofísicas adquirida en acto de servicio, podrán otorgarse sin publicación previa de la vacante correspondiente”.
 
Finalmente, solicita que quienes ingresen en los centros docentes militares de formación puedan pasar a retiro por incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo, como consecuencia del desempeño de las actividades propias de los procesos de enseñanza.
 
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